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domingo, enero 15, 2023

Cronología de la Historia: 1808-3. La Constitución de Bayona (cap. 5)

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1808-3 

La Constitución de Bayona

Encabezamiento constitución de Bayona
Fuente: Biblioteca Nacional de España
Para cumplir el plan de entronizar a su hermano mayor, José Bonaparte, como rey de España y conferir al acto una justificación legal, Napoleón hizo suya una idea del ministro Azanza de reunir una junta de notables, que a modo de Cortes aprobase el traspaso de la Corona y elaborase una Constitución. Para ello Murat y la Junta de Gobierno, ordenaron que el 24 de junio se reuniese en Bayona una Diputación general de 150 miembros, en representación de los tres brazos del estado: clero, nobleza y estado llano. También debían estar representados todos los territorios de la monarquía española, incluyendo a las islas Canarias y las provincias de América y Asia.

Previa a la llegada de los notables a Bayona, y para evitar posibles interferencias, Napoleón se quita de en medio a sus reales huéspedes. Carlos IV y sus acompañantes, irán hasta Compiègne, al norte de Paris, donde el ex rey podrá disfrutar de su pasión por la caza. Serán alojados en un ala acondicionada del castillo. Llegarán el 18 de junio y permanecerán hasta septiembre, cuando serán trasladados a Marsella.

Vista de la casa de campo de Valençay
Grabado de Felipe Cardano y Bauzá (1778-1824)
Fuente: Museo Cerralbo
Por su parte, el príncipe de Asturias, sus hermanos, el duque de San Carlos y el canónigo Escoiquiz, viajarán hasta Valençay, en el centro de Francia. Se alojarán en el palacio de Talleyrand, el célebre ministro francés. En Bayona permanecerán, el duque del Infantado, Cevallos y otros.
 
Mariano Luis de Urquijo y Muga (1768-1817)
Cuadro atribuido a Francisco de Goya
Fuente: Fundación Goya en Aragón
A finales de mayo empiezan a llegar a Bayona algunos convocados a la Junta, y el 7 de junio, llega el futuro rey José I, al que su hermano había cambiado el reino de Nápoles por el de España. Ante la escasa afluencia de los miembros convocados, los franceses repartieron credenciales entre los españoles residentes en Bayona, y finalmente con 65 notables se pudo inaugurar la Junta española de Bayona, que tuvo su primera reunión el 15 de junio, en el antiguo palacio episcopal. Cuando el 8 de julio, finalizaron las 12 sesiones, presididas por Miguel José de Azanza, y asistido por Mariano Luis de Urquijo, como secretario, y Antonio Ranz Romanillos, los asistentes ascendían a 91. De la convocatoria surgió un texto de 146 artículos, conocido como Constitución de Bayona. En realidad, el "borrador" del documento, había sido preparado con anterioridad, y sometido al visto bueno del emperador.

Tras el encabezamiento del texto, como título primero y artículo único, figura la designación de la religión católica como única creencia y prohibición expresa de cualquier otra confesión. El título segundo, está dedicado a la sucesión, que en todo caso recaería siempre en la familia Bonaparte y herederos de Napoleón.

Del segundo al sexto título, se dedicaban a la organización de posibles regencias, dotaciones económicas del rey y sus miembros, a la composición cortesana, y a los ministerios de gobierno. 

El título siete se refiere al senado, cuyos miembros en cantidad variable, no inferior a 24, eran designados por el rey, y tenían carácter vitalicio.      

En el título octavo, se trataba sobre la composición del Consejo de Estado y sus funciones.

Y llegamos al capítulo noveno sobre las Cortes, su composición y características, donde por fin, aparece el pueblo con representación. Las cortes o juntas de la nación, constarían de 172 miembros, divididos en tres estamentos: el clero, con 25 partícipes; la nobleza, con 25 componentes, y el pueblo, con 122 diputados.
Los diputados del "pueblo" serían cargos elegibles, y era preciso reunir ciertos requisitos de índole económica para serlo. Las mujeres seguirían siendo relegadas.

El título diez, comenzaba con el Art.º 87 en el que se dice: "Los reynos y provincias españolas de América y Asia gozarán de los mismos derechos que la metrópoli". 

Los títulos once y doce, se dedicaban a la organización del Orden Judicial y de la Administración de Hacienda

El último título, el trece, contenía una extraña mezcla de disposiciones generales, que dejaba ver las prisas con que fue redactada la Constitución. Las más significativas son:

-Alianza ofensiva perpetua entre Francia y España.
-Inviolabilidad del domicilio personal, y necesidad de orden legal escrita para poder detener a una persona, e incursión en delito de las autoridades que propicien o detengan a cualquier persona de modo arbitrario.
-Abolición del tormento.
-Abolición o limitación de mayorazgos o fideo comisos improductivos.

Al pie del texto figura la fecha y firma del rey José y Mariano Luis de Urquijo como secretario de Estado, y sigue un texto añadido, con la firma de todos los componentes de la Junta de Bayona.

La nueva Carta Magna representaba la ruptura, con los modos de ejercer el poder del Antiguo Régimen. Por vez primera en España, el poder real cedía soberanía en favor de otros estratos de la sociedad. Los súbditos, o al menos una parte representativa de ellos, pasaban a ser ciudadanos. Era un gran avance, pero todavía quedaba mucho camino por recorrer.
 
Tropas francesas cruzando el paso de Pancorbo
Grabado de H.F.E. Philippoteaux (1815-1884)
Histoire de l'Empire. Adolphe Thiers (1797-1877)
Source gallica.bnf.fr / Bibliothèque nationale de France

Durante este periodo, la entrada de tropas napoleónicas en la Península había sido constante. El 4 de julio, Napoleón proclamó a su hermano José, como rey de España, reinado que oficialmente comenzó el 8 de julio, una vez jurada la neonata Constitución, y recibir el juramento de fidelidad de la Junta española de Bayona. Por su parte, el príncipe Fernando, en una muestra más de su indignidad, escribía desde Valençay, una carta con fecha 22 de julio, felicitando al nuevo rey, y otra a Napoleón, dándole la enhorabuena por el nombramiento.

Grabado de Gugliemo Morghen (1758-1835)
Fuente: Biblioteca Nacional de España

José I, tenía 40 años, buena presencia, había estudiado leyes y ejercido como comerciante en Marsella. De carácter afable e instruido, en la correspondencia con su hermano detalló con agudeza y exactitud, la situación política de España. No era ni tuerto, ni borracho, ni jugador, como decían los panfletos que circulaban por tierras hispanas, aunque sí era amante de una vida cómoda y placentera, que desde luego no iba a encontrar en España. 

José Bonaparte, nombró para su primer gobierno, a personajes que ya  habían ostentado cargos en el reinado de Carlos IV, o en el frustrado gobierno de Fernando VII. Todos aceptaron los nombramientos, salvo Jovellanos, que había sido liberado de su prisión en Mallorca, tras pasar siete años privado de libertad. Pese a su negativa, su nombre aparecía en la relación de cargos que publicó la Gazeta de Madrid.


Bibliografía (Autor/es. Título del libro. Edición. Lugar de publicación: Editorial; año).

- Javier Tusell; Rafael Sánchez Montero. Historia de España. El Siglo XIX. De la Guerra de la Independencia a la Revolución de 1868. Tomo XII. Edición para Biblioteca El Mundo. Pozuelo de Alarcón (Madrid), Editorial Espasa Calpe, 2004.

- Francisco Pi y Margall, Francisco Pi y Arsuaga. Historia de España en el siglo XIX. Barcelona. Miguel Seguí-Editor. 1902.

- Comte Mollien. Mémoires d'un ministre du Trésor Públic, 1780-1815. Tome deuxième. Paris. Guillamin et Cie. 1898.

- Andrés Muriel. Memorial Histórico Español. Tomos XXIX-XXXIV. Real Academia de la Historia. Historia de Carlos IV. Varios tomos. Madrid. Est. Tip. Vda. e Hijos de Manuel Tello, 1894.

- José Gómez de Arteche. Historia General de España. Reinado de Carlos IV. Tomo II. Madrid. El Progreso Editorial, 1892.

- Modesto Lafuente; Juan Valera. Historia General de España. Desde los tiempos primitivos hasta la muerte de Fernando VII. Tomos XV y XVI. Barcelona. Montaner y Simón Editores, 1889.

 - Jose María Queipo de Llano, conde Toreno. Historia del levantamiento, guerra y revolución de España. Biblioteca de autores españoles. Tomo LXIV de la colección. Madrid. M.Rivadeneyra-Impresor-Editor, 1872.

 - Antonio Alcalá Galiano. Historia del levantamiento, revolución y guerra civil de España. Tomo I. Madrid. Librería de D. Leocadio López, 1861.

 -  - Miguel Agustín Príncipe. Guerra de la Independencia, narración histórica. Tomo segundo. Madrid. Imprenta del siglo a cargo de Ivo Biosca. 1846.

- Memorias de Don Manuel Godoy, Príncipe de la Paz. Tomo VI. Gerona. Librería de Vicente Oliva, 1841.

- Michael J. Quin. Memorias históricas sobre Fernando VII, rey de España. traducción del inglés de Joaquín García Jiménez. Tomo primero.Valencia. Imprenta de Gimeno, 1840. 

- Pedro Cevallos. Exposición de los hechos y maquinaciones que han preparado la usurpación de la Corona de españa y los medios que el emperador de los franceses ha puesto en obra para realizarla. Madrid. En la Imprenta Real, 1808.

-Constitución de Bayona. Ejemplar de la colección Gómez Imaz depositada en la Biblioteca Nacional de España. Bayona. Imprenta Durart-Fauvet. 1808.




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